OBLIGATORIEDAD SOBRE LA EMISIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

<OBLIGATORIEDAD> Estan obligados todos los contribuyentes inscritos en el RUC, a partir del 30 de noviembre del 2022, a excepción de quienes sean considerados NEGOCIOS POPULARES (Ingresos menores a us$ 20,oo)

<AUTORIZACIÓN PREIMPRESOS> Únicamente podrán solicitar autorizaciones de documentos preimpresos cuando hayan obtenido la autorización para la emisión de comprobantes electrónicos a partir del 30 de noviembre del 2022

<COMPROBANTES SIN VALIDEZ> Todas las autorizaciones de documentos preimpresos que sean solicitados por contribuyentes obligados a emitir documentos electrónicos sin tener la previa autorización en ambiente en producción solo serán validos hasta el 29 de noviembre del 2022

Los contribuyentes <NEGOCIOS POPULARES> que se encuentren obligados a emitir comprobantes electrónicos  seguirán obligados a ello  respecto de las transacciones en las que no se les corresponda emitir notas de venta.

<CASOS EXCEPCIONALES> Los comprobantes emitidos bajo la modalidad preimpresa no podrán exceder del 1% del total de comprobantes  emitidos en el ejercicio fiscal anual anterior.

Una factura electrónica es una factura que se expide y recibe en formato electrónico. Es importante destacar que la expedición de una factura electrónica está condicionada al consentimiento de su destinatario. La factura electrónica, por tanto, es una alternativa legal a la factura tradicional en papel.